CIRD |
Formulario de notificación |
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Asignación de Códigos de identificación de red de datos (CIRD) por las Administraciones (Según la Recomendación UIT-T X.121 (10/00))
Formulario de notificación para la asignación de Códigos de identificación de red
de datos (CIRD) por las Administraciones
Nota de la TSB
- La Recomendación UIT-T X.121 especifica que la UIT administra la asignación de
indicativos de país para datos (IPD). Cada administración efectuará la atribución
de cifras de red para crear códigos de identificación de red de datos (CIRD).
Las nuevas atribuciones, reatribuciones o supresiones de cifras de red deben
notificarse a la TSB de la UIT, por medio del formulario de notificación.
- Conforme a la Recomendación UIT-T X.121, la información sobre la asignación de
códigos de identificación de red de datos (CIRD) se ha publicado por separado en
el Boletín de Explotación de la UIT y posteriormente se ha incluido en una
"Lista de códigos de identificación de red de datos (CIRD)".
- Para mantener actualizada esta Lista, se ruega a las Administraciones que
verifiquen la exactitud de las informaciones publicadas y que informen a la
TSB sobre cualquier cambio que deba efectuarse para su actualización.
- Para las nuevas asignaciones de Códigos de identificación de red de datos
(CIRD),
las Administraciones deben cumplimentar el formulario de notificación y remitirlo a la
TSB.
- Se señala que esta Lista está disponible en la página de entrada de la UIT y los
suscriptores pueden consultarla a distancia. http://www.itu.int/itu-t/bulletin/index.html
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