Rec. UIT-T V.110 (09/1992) – SOPORTE PROPORCIONADO POR UNA RED DIGITAL DE SERVICIOS INTEGRADOS A EQUIPOS TERMINALES ...
PREFACIO
1 Configuraciones de referencia
    1.1 Modelo de referencia del adaptador de terminal
    1.2 Tipos de conexión
2 Señales de línea en los puntos de referencia S y T
    2.1 Adaptación de velocidades síncronas de señalización de datos de hasta 19,2 kbit/s
    2.2 Adaptación de las velocidades de usuario 48 y 56 kbit/s a 64 kbit/s
    2.3 Adaptación de velocidades asíncronas de hasta 19 200 bit/s
    2.4 Control de flujo
3 Circuitos de enlace
    3.1 Circuitos de enlaces esenciales y opcionales
    3.2 Disposiciones de temporización
    3.3 Circuito 106
    3.4 Circuito 109
    3.5 Características eléctricas/mecánicas de los circuitos de enlace
    3.6 Condiciones de avería en los circuitos de enlace
4 Secuencia operativa
    4.1 Funcionamiento dúplex del TA
    4.2 Funcionamiento semidúplex del TA
    4.3 Llamada automática
5 Relojes independientes de la red
    5.1 Medición de diferencias de fase
    5.2 Compensación positiva/negativa
    5.3 Codificación
6 Estado de intercambio de parámetros dentro de banda
7 Facilidades de prueba
ANEXO A – Configuraciones de referencia
A.1 Introducción
A.2 Modelo de referencia del adaptador de terminal Rec. V.110
A.3 Tipo de adaptación de terminal
A.4 Tipos de conexiones de extremo a extremo
ANEXO B – Lista por orden alfabético de las abreviaturas contenidas en esta Recomendación
APÉNDICE I – Intercambio de parámetros dentro de banda
I.1 Introducción
I.2 Definiciones
I.3 Visión global
I.4 Configuración de referencia
I.5 Procedimientos
I.6 Codificación
I.7 Valores de los temporizadores
I.8 Diagramas de transición de estados
APÉNDICE II – Correspondencia de los procedimientos Rec. V.25 bis con el protocolo Rec. Q.931
II.1 Generalidades
II.2 Origen de la comunicación
II.3 Liberación de la llamada (figuras II-2/V.110 y II-3/V.110)
II.4 Llamada directa
II.5 Correspondencia de las causas de la Recomendación Q.931 con las indicaciones y respuestas de llamada ...
II.6 Información adicional para tratar situaciones excepcionales